Aprueban “paridad vertical” en municipios

Foto: CongresoYuc

La ley establece que si una alcaldesa fallece, otra mujer tendrá que ocupar su cargo

Mérida, Yucatán, 26 de noviembre de 2020.– La repentina muerte de la alcaldesa de Kantunil, Raymunda Che Pech, a finales del año pasado, motivó a legisladoras del Congreso Local a presentar una iniciativa, que obliga a los Cabildos Municipales a respetar el principio de género a la hora de elegir a la persona que ocupará el nuevo cargo. Luego de nueve meses de análisis, este jueves fue aprobada.

Como se recordará, tras el fallecimiento de la edil, las y los regidores de Kantunil, eligieron por mayoría a un hombre (Javier Cárdenas Poot) en sustitución de Che Pech. Situación que violentaba los términos de paridad.

Como consecuencia de esta sesión de Cabildo, la decisión tomada en Kantunil en pleno ejercicio de sus facultades y autonomía, se alteró el principio de paridad vertical en virtud de que la integración del cabildo quedo conformado por un presidente municipal y un síndico, ambos hombres.

La exposición de motivos establece que si bien el Instituto de Participación Ciudadana del Estado (IEPAC) se preocupa y ocupa de la paridad tanto horizontal como vertical durante el proceso electoral, después de haber concluido este, el instituto ya no tiene competencia para obligar a los ayuntamientos para que continúen con esos principios.

Es por ello que argumentaron la necesidad de plantear una modificación al precepto jurídico para garantizar el derecho de la mujeres para participar en la toma de decisiones de los ayuntamientos.

“Esta iniciativa tuvo su origen en el pasado mes de octubre del 2019, cuando lamentablemente la alcaldesa del municipio de Kantunil fallece y su puesto es ocupado por un hombre, cuando este debió ser ocupado por el género femenino, con este dictamen estaríamos salvaguardando el derecho de las mujeres que conforman los cabildos a ocupar el puesto de primer regidor, preponderando el género y no la voluntad machista”, explicó la diputada proponente, Milagros Romero (MC).

En sesión plenaria se aprobó reformar y adicionar un último párrafo del artículo 64 H de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado, en materia de paridad de género y verticalidad, en la conformación de cabildos.

La iniciativa, textualmente dicta que “el Ayuntamiento procederá a nombrar por mayoría absoluta de votos un Presidente Municipal Sustituto de entre los integrantes del Cabildo, respetando obligatoriamente la paridad de género vertical del cabildo, en los siguientes supuestos: por paridad de género vertical se entenderá como la conformación de un cabildo de forma equilibrada y equitativa entre mujeres y hombres de manera alternada, es decir si un género ocupa el cargo de Síndico Municipal, entonces, otro género distinto a ese ocupara el cargo de Presidente Municipal Sustituto”.

Javier Escalante Rosado