Endurecerán sanciones contra deudores alimentarios

Modificaciones al código penal prevén de uno a siete años de prisión

Mérida, Yucatán, a 3 de mayo de 2024.- La Comisión permanente de Seguridad Pública del Congreso local alista modificaciones al Código Penal del Estado de Yucatán con el fin de endurecer sanciones a los deudores alimentarios y a quienes sean cómplices en la simulación de  insolvencia económica.

Las modificaciones detallan sanciones de uno a siete años de prisión a quien no cumpla con su deber de asistencia alimentaria a hijos, padres, cónyuge o concubina, además de multa de entre 45 a 300 días de salario.

También contempla la privación de los derechos de familia y el pago de las cantidades no cubiertas, desde la fecha que dejó a hacerlo hasta cuando se emita la sentencia condenatoria.

La propuesta indica que en caso de reincidencia la prisión será de cuatro a seis años, mientras que la pérdida de los derechos de familia solo se impondrá cuando se afecte de manera negativa a los acreedores alimentarios.

Otro aspecto de las reformas, es que, si no se pudiese comprobar los ingresos del deudor, se valorará su capacidad de económica y el nivel de vida dado a sus acreedores en los últimos dos años.

También habrá sanciones de seis meses a tres años de prisión y de 20 a 150 días multa a quien no cumpla con la resolución judicial o convenio correspondiente y proporcione alimentos en términos, plazos o porcentajes distintos a los estipulados.

Igualmente, se castigará con prisión de uno a ocho años de prisión cuando con dolo se coloque en estado de insolvencia para eludir el cumplimiento de obligaciones de asistencia familiar que la ley determina. Esto implica también castigo para quien ayuda en la simulación de insolvencia.

DESDE EL BALCON