Esperan respuesta del Tribunal Electoral

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Impugnación contra Iepac deberá ser contestada con perspectiva de género

Mérida, Yucatán, 12 de enero de 2020.– El Tribunal Electoral del Estado (TEEY) deberá ofrecer una respuesta a la brevedad ante la impugnación que realizó el colectivo Agenda de las Mujeres por la Igualdad Sustantiva en Yucatán (AMISY) en contra de los lineamientos de paridad de género del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPAC).

Como se recordará, a fin de año, activistas feministas locales, solicitaron a las consejeras y consejeros electorales que cada partido postule en los 15 municipios de mayor población a 8 mujeres y a 7 hombres (o viceversa), sin embargo, eso no ocurrió, por lo que acudieron al TEEY a interponer un recurso jurídico.

No obstante, el TEEY también rechazó el recurso el pasado 19 de diciembre, bajo el fundamento de que no presentaron unas fotocopias de sus identificaciones personales. Lo cual, según María Eugenia Nuñez Zapata, integrante de la agrupación, se trató de un argumento “absurdo y sin perspectiva de género”.

La investigadora, Gina Villagómez Valdez, explicó a Desde el Balcón, que ante la nula respuesta, nuevamente apelaron el fallo, ahora una instancia superior, que viene siendo la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en donde les dieron la razón a las mujeres.

Ante ello, y luego de unos días de análisis, el TEPJF encontró los fundados los planteamientos de las mujeres, porque contrario a lo resuelto por el TEEY, no existe disposición legal que establezca que al promover un juicio ciudadano se debe a acompañar con una credencial para votar con fotografía para acreditar que se acude en una representación ciudadana.

En cambio, en la resolución indicaron que la comprobación de la personalidad sí resulta relevante para quienes promueven un medio de impugnación en representación de los partidos políticos o incluso en representación de los particulares, y no para quienes van en representación de la población.

En ese sentido, el TEPJF sostuvo que las mujeres contaron con un “interés legítimo para impugnar un acto que consideran transgrede el principio de paridad de género y de igualdad sustantivo, por lo tanto se revoca la sentencia impugnada y se ordena al TEEY resolver la controversia a la brevedad”.

Villagómez Valdez, indicó, que la nueva resolución ocurrió como habían previsto, y que actualmente se encuentra a la espera de que el TEEY ofrezca una respuesta a su impugnación, “y lo haga con perspectiva de género, pues de lo contrario, se estaría configurando el delito de violencia institucional”, ya que su iniciativa representa una acción afirmativa a favor de las candidatas, pero en especial, a favor de las mujeres yucatecas.

Explicó que el TEEY y el IEPAC, de no acatar la resolución estarían ejerciendo violencia institucional en contra de las mujeres, pues están obstaculizando el ejercicio de los derechos políticos de la población femenina en la siguiente contienda electoral.

Javier Escalante Rosado