Gobierno estatal va por plataformas

Se expediría al propietario del vehículo una ‘constancia’ para poder otorgar el servicio

Mérida, Yucatán, 29 de noviembre de 2019.- Además del paquete fiscal 2020, el Ejecutivo estatal presentó una iniciativa que modifica la Ley de Transporte del Estado que obligará a las plataformas tecnológicas como Uber, In Driver, DiDi, entre otras, a obtener una “constancia” que se expedirá de manera anual por cada automóvil que preste dicho servicio.

Además, además de que el 1.5 por ciento de cada viaje que se realice en una unidad, se destine al Fondo Estatal para la Movilidad.

El documento también incluye otro aspecto que en la regulación del 2016 no se contempló como lo es el cobro en efectivo por parte de los choferes, además de eliminar el costo mínimo y requisitos para que una unidad pueda prestar el servicio.

En la exposición de motivos enviada al Congreso del Estado, se hace notar la existencia de más de 4 mil unidades que prestan el servicio de movilidad urbana mediante plataformas tecnológicas.

Sin embargo, no se plantea un límite para el número de unidades que puedan obtener una “constancia” emitida por el Instituto de Movilidad Urbana y Territorial (Imdut).

“Actualmente, según cifras del Instituto de Movilidad y Desarrollo Urbano Territorial, en Yucatán son más de cuatro mil vehículos los que prestan el servicio de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas”, cita el texto.

En la iniciativa se propone regular el certificado de operador titular y el certificado de operador adhesivo.

“El certificado de operador titular será expedido a favor del propietario o legal poseedor del vehículo con el que se pretenda prestar el servicio de transporte. Por su parte, el certificado de operador adhesivo avalará a una persona que, no siendo la propietaria o legal poseedora del vehículo, su uso le haya sido cedido por esta para la prestación del servicio”, expone el documento.

Dicha iniciativa propone eliminar el requisito relativo al valor mínimo del vehículo necesario para la prestación del servicio, que hoy en día es de 2 mil 750 unidades de medida y actualización, o bien, 232 mil 347.50 pesos y que tenga necesariamente qué contar, por lo menos, con cuatro puertas así como con aire acondicionado y equipo de sonido. Todos estos requisitos que limitaban el acceso de las personas a esta actividad laboral.

“De esta manera, se amplía el espectro de vehículos con los que se podrá prestar el servicio de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas, para que, tal y como se manifestó anteriormente, las personas que desean desarrollar esta actividad laboral puedan hacerlo sin que el recurso económico sea un verdadero obstáculo o, incluso, un impedimento para ello”, se expone en la misiva.

En la reforma se establecen los requisitos que deberán contar tanto operadores como dueños de unidades, además de que la expedición de las “constancias”, serán de manera anual, las cuales podrán ser retiradas en el momento que se violen las disposiciones establecidas en la reforma.

En caso de aprobar los diputados locales estas nuevas reglas para las plataformas tecnológicas entrarían en vigor a partir del primero de enero próximo.

Desde el Balcón