Ley de Amnistía reconoce fallas del Estado

La iniciativa contempla a comunidades indígenas y mujeres que abortaron, entre otros grupos vulnerables

Mérida, Yucatán, 16 de mayo de 2020.- El diputado de Morena, Miguel Edmundo Candila Noh, presentó una iniciativa para crear la Ley de Amnistía en Yucatán enfocado a grupos vulnerables, entre los que destacan: mujeres que abortaron, comunidades indígenas que no recibieron el debido proceso, y personas (no reincidentes) que robaron sin violencia objetos de poco valor.

De acuerdo con el morenista, dicha ley es para beneficiar a la gente que ha sido procesada o sentenciadas ante tribunales locales, siempre y cuando no sean reincidentes por el delito que están siendo procesadas y que lo hayan cometido antes de entrar en vigor la presente ley.

El diputado morenista Miguel Candila Noh.

“La adopción de una Ley de Amnistía para Yucatán constituye una oportunidad para remediar injusticias cometidas al amparo del Sistema de Justicia Penal, por lo que sería recomendable ampliar los supuestos de la ley a otros escenarios de justicia basada en vulneraciones a los derechos humanos o en violaciones al debido proceso”, explicó Candila Noh.

GRUPOS VULNERABLES CON DERECHO A AMNISTÍA

Esta Ley otorgará amnistía a las comunidades indígenas que fueron discriminadas, y a las cuáles no se les respeto el derecho a una debida defensa legal, o bien, que no se les garantizó la presencia de un traductor o interprete durante su juicio.

De la misma manera se enfoca a personas de poblaciones rurales que están en la cárcel por defender sus tierras, aguas, bosques o selvas, o que cometieron un delito forzados por grupos criminales y que viven en extrema pobreza.

También se contempla el delito de aborto en cualquiera de sus modalidades, cuando se impute a la madre por embarazo interrumpido o al personal médico o partero que asistió el aborto, siempre que no haya habido violencia en el proceso.

Asimismo, incluye el delito de robo simple, cuando el valor de lo robado sea mínimo (de acuerdo con la legislación), que el imputado no sea reincidente, y que antes de salir en libertad garantice el pago del valor al robo ocasionado.

La Ley de Amnistía también aplicaría para hombres y mujeres que incitaron a la comisión de otros delitos por temas políticos, siempre y cuando no se trate de terrorismo, no se haya privado a nadie de la vida, no haya lesiones graves a otras personas, y que se demuestre que no se empleó la utilización de armas de fuego.

FALLAS DEL ESTADO

Candila Noh dijo que su propuesta se basa en el reconocimiento de las fallas del Estado para realizar el debido proceso en diversos casos.

La persona sentenciada, los familiares o organismos civiles podrán solicitar que se aplique la Ley de Amnistía, y los jueces deberán ordenar su liberación o cancelar las ordenes de aprensión, en un plazo máximo de 120 días. 

Posterior a su liberación, las personas no podrán ser molestadas, interrogadas o señaladas después de la amnistía.

AMNISTÍA EN LA HISTORIA

La amnistía es una herramienta jurídica del poder legislativo que tiene como efecto impedir en un periodo de tiempo el enjuiciamiento penal y en algunos casos, las acciones civiles en contra de otras personas, respecto a una conducta criminal cometida.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) definió a los grupos de vulnerabilidad como aquellos núcleos de población o personas, que por diferentes factores o la combinación de ellos enfrentan situaciones de riesgo o discriminación que les impide alcanzar mejores niveles de vida y por lo tanto requieren del apoyo del gobierno para lograr su bienestar en los distintos ámbitos de procuración social, económica y gubernamental lo que implica el derecho a recibir apoyos y acciones para disminuir su desventaja, volviéndose prioritarios y de interés público para la política  nacional.

A lo largo de la historia han existido cinco leyes de amnistía para garantizar la paz social y regresar al Estado de Derecho. La primera ocurrió el 10 de febrero de 1937, la segunda en diciembre de 1940, la tercera junio en 1976, la cuarta en septiembre de 1978, y la última el 22 de enero de 1994.

Javier Escalante Rosado