Detienen a cazadores furtivos en el oriente

Decomisaron armas de fuego, bicicletas, una moto y 82 cartuchos de diversos calibres.

Mérida, 07 de abril de 2014.– En un operativo implementado por la PROFEPA, que implicó recorrido de vigilancia dentro de la zona de selva de la parte Centro Oriente  de Yucatán, incluyendo los municipios Homun, Huhi, Sotuta, Tecoh, Sierra Papacal, se llevó a cabo el aseguramiento de un ejemplar de venado cola blanca (Odocoileus virginianus), pavo ocelado (Meleagris ocelata) y dos ejemplares de Iguana (Ctenosaura similis) estas dos últimas especies bajo categoría de riesgo según la NOM-059-SEMARNAT-2010.

Durante el operativo en  un camino vecinal de la región donde se detectó el transporte de ejemplares de vida silvestre en cuestión, se llevó a cabo también la detención de nueve cazadores, aseguramiento de nueve armas de fuego, 9 bicicletas, una moto y 82 cartuchos útiles de diversos calibres.

Se procedió a disponer al Ministerio Público de la Federación a las nueve personas con las armas, cartuchos y los ejemplares de especies en riesgo. En el orden administrativo se realiza el levantamiento de acta de inspección para la instauración de procedimiento administrativo.

Con estas acciones la PROFEPA da atención a 12 denuncias que se han recibido en la Delegación Yucatán por la caza indiscriminada de especies de vida silvestre, en especial de venado cola blanca en todo el territorio del estado.

La PROFEPA implementa operativos en los días de mayor incidencia de caza los cuales son sábados y domingos, para esto se mantiene coordinación permanente entre los mandos de la PROFEPA y los mandos de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Estado con quienes operativamente se tiene una alianza de cooperación que permite operaciones conjuntas.  .

En base a la Ley General de Vida Silvestre, son infracciones poseer ejemplares de vida silvestre fuera de su hábitat natural sin contar con los medios para demostrar su legal procedencia o en contravención a las disposiciones para su manejo establecidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, estableciendo una multa de 50 a 50,000 veces el salario mínimo vigente.

El tráfico ilegal de ejemplares, partes y derivados de flora y fauna silvestres, es un delito grave de conformidad con el artículo 420 fracciones IV y V del Código Penal Federal, que se castiga con pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, y se aplica una pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales, cuando las conductas descritas en el presente artículo afecten un área natural protegida o cuando se realice con fines comerciales.