Rinden compromiso constitucional jueces de paz

Los exhortaron a conducirse de forma ética.

Mérida, Yucatán, 26 de febrero de 2022.- Tres jueces de paz de los municipios de Kinchil, Maní y Tekom, rindieron compromiso constitucional en una ceremonia realizada ayer en el auditorio del Centro de Instituciones Operadoras del Sistema Penal Oral y Acusatorio (Ciospoa), en esta ciudad.

La ceremonia fue presidida por el Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, Ricardo Ávila Heredia, quien les exhortó a conducirse de forma ética, capacitados y en comunicación constante con el Consejo de la Judicatura para desempeñarse adecuadamente en las funciones que la ley les confiere, particularmente en el ámbito civil.

Con esta nueva rendición constitucional ya son 70 los municipios del estado que cuentan con jueces y juezas de paz, quienes tienen jurisdicción en los municipios donde no hay juzgados mixtos y pueden atender ciertos asuntos, acorde con las atribuciones que les otorga la ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.

La jueza de Paz Brenda Ariana Yah Ucán fungirá como tal en el municipio de Maní, mientras que el Juez Jesús Martín Chuil Pool en Kinchil y el Juez Manuel de Jesús Pat Cocom en Tekom y estarán en el encargo hasta el 31 de agosto de 2024.

Cabe señalar que las juezas y jueces de paz que rindieron el compromiso constitucional para desempeñar este cargo, fueron elegidos conforme los procesos establecidos en la ley y luego de un proceso de capacitación a cargo del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado.

En la ceremonia estuvieron presentes la Consejera de la Judicatura Sara Luisa Castro Almeida y los Consejeros Carlos Alfonso Murillo Ku y Luis Alfredo Solís Montero, así como el Secretario Ejecutivo del mencionado órgano Alfredo Antonio Compañ Fernández.

De acuerdo con la ley, los jueces de paz podrán conocer de los asuntos civiles cuya cuantía no exceda doscientas veces el salario mínimo vigente en la ciudad de Mérida en aquellos municipios de hasta cinco mil habitantes, y quinientas veces el salario mínimo, en aquellos municipios de más de cinco mil habitantes; asimismo podrán conocer de asuntos que establece el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán.

También cuentan con atribuciones para conciliar los asuntos que son de su conocimiento, salvo en el caso de la materia penal.