Yucatán tendrá Comisión de Búsqueda de Personas

Tendrá como objetivo la localización e identificación de personas desaparecidas

Mérida, Yucatán, 5 de febrero de 2020.- A partir de este 6 de febrero, Yucatán contará con su propia Comisión de Búsqueda de Personas que, según se establece, tendrá como objetivo coordinar y dar seguimiento a las acciones de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas y no encontradas en la entidad.

Con esto, Yucatán se suma a la reducida lista de entidades que han creado dicho órgano y entre las que destacan la Ciudad de México, Veracruz, Coahuila, Baja California, Ciudad de México, San Luis Potosí, Jalisco, Guerrero y Nuevo León, entre otros.

De acuerdo con el decreto 177/2020 publicado este día en el Diario Oficial del Estado, entre las atribuciones de este nuevo órgano, recibir las solicitudes de búsqueda y canalizar a los familiares de las víctimas ante la Fiscalía General del Estado, para que, en su caso, presenten la denuncia correspondiente.

De igual manera deberá recibir la información que aporten los particulares u organizaciones en los casos de desaparición forzada de personas y la cometida por particulares; solicitar a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas que implemente los mecanismos necesarios para, que a través del Fondo Estatal de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, se cubran los gastos de ayuda cuando lo requieran los familiares de las personas desaparecidas.

Asimismo, deberá solicitar y coordinar la colaboración de medios de comunicación, de las organizaciones de la sociedad civil y de la sociedad en general para la búsqueda y localización de personas, y coordinarse con la Comisión Nacional, entre oros.

El documento establece que, la comisión estará integrada por la dirección, un grupo Especializado de Búsqueda, el Departamento de Análisis de Contexto y Procesamiento de Información, el departamento de Gestión y Vinculación Institucional, además de las áreas administrativas que se consideren.

Sobre el director del organismo, se establece que será elegido mediante una convocatoria pública, el proceso no debe exceder los 180 días naturales, mientras tanto, el Gobierno del Estado deberá designar a una persona encargada de la dirección.

Como toda comisión, deberá contar con un Consejo Estatal Ciudadano en el que deberán participar dos personas que sean familiares de personas desaparecidas, un especialista en derechos humanos, dos representantes de la sociedad civil, quienes deberán ser removidos cada tres años para dar paso a nuevos representantes.

La Ley General de Desaparición Forzada, aprobada en 2017,  establece dentro de sus términos la creación de estas comisiones locales de búsqueda; en ese año también se aprobó la integración del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, sin embargo esta no se actualiza desde 2018.

Karen Clemente