Cárcel y multa por bromas en llamadas de emergencia

Senado discute mañana dictamen sobre Código Penal. Plantea hasta un año de prisión y pago de mil días de salario mínimo.

México, 10 de marzo de 2014.- El Senado discutirá mañana las reformas al Código Penal Federal para sancionar con cárcel de hasta un año y multa de 500 a mil días de salario mínimo a quienes hagan llamadas falsas, insulten o distraigan a los cuerpos de emergencia.

El dictamen, ya aprobado por unanimidad en la Comisión de Seguridad Pública, establece que la sanción se aplique a quien “por cualquier medio” de comunicación haga alertamientos de broma.

Refiere que 50 por ciento de las llamadas a la Cruz Roja son falsas y que las pérdidas ascienden a más de 13 mil millones de pesos al año, pues la movilización por ambulancia cuesta 3 mil 500 pesos ya que reciben 3 millones 850 mil telefonemas falsos.

El legislador Omar Fayad Meneses hizo notar que estos “chistecitos” le cuestan al erario no solo una gran cantidad de recursos que debieran destinarse a labores propias de esas instituciones y que la mayor penalización es cancelar el número desde el cual se hace la broma.

De acuerdo con el estudio que presentó para crear un tipo en el Capítulo IX denominado “Falsedad y uso indebido de llamadas telefónicas para movilizar los sistemas de respuesta a emergencias”, estas llamadas se reciben en el país no solo en la Cruz Roja, sino en policías, bomberos y fuerzas armadas.

“Las estadísticas al respecto son contundentes. Por ejemplo, los servicios de ambulancia de seguridad pública o protección civil consideran que 50 por ciento de las llamadas que reciben son falsas, mientras que el presidente de la Cruz Roja señaló que de las 5 millones 500 mil llamadas que se reciben anualmente, 70 por ciento es falsa”.

Por ello se propone imponer de uno a seis meses de prisión y de 50 a 300 días de salario mínimo de multa a quien “por cualquier medio de comunicación realice este tipo de llamadas, envíe mensajes de alerta o emergencia a los centros de servicios de respuesta de llamadas telefónicas, de emergencia o equivalentes”.

La misma sanción para quien envíe mensajes o realice llamadas para burlarse, proferir insultos o distraer al personal a cargo de los servicios de emergencia, y para quien permita que desde cualquier medio de comunicación bajo su control se hagan esas alertas.

La pena se elevará en un tercio cuando se ocasione la movilización de elementos de Protección Civil, Cruz Roja Mexicana, bomberos, personal médico, agentes de corporaciones policiacas o de las fuerzas armadas.

Y cuando se provoquen daños o pérdidas materiales de cualquier índole se aplicará a los responsables de seis meses a un año de prisión y de 500 a mil días de salario mínimo vigente de multa.