Embarcación encallada en Arrecife Alacranes causa daños en roca madre

De manera preliminar la dependencia federal determinó que se dañaron 43.2 metros cuadrados en el Área Natural Protegida.

Progreso, Yuc. 02 de enero de 2015.- La embarcación pesquera “Tío Loncho”, que encalló en el Área Natural Protegida Parque Nacional “Arrecife Alacranes” el pasado 25 de diciembre, dañó 43.2 metros cuadrados de roca madre, determinpó de forma preliminar la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa)

El dato preliminar se determinó luego de una inspección en el sitio en el que participaron la Profepa y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), con el objetivo de evaluar el daño a la barrera arrecifal.

Se pudo constatar que la embarcación se encuentra encallada sobre suelo rocoso con orientación de la proa al poniente, rumbo a la laguna arrecifal y la popa, con orientación al oriente, ligeramente escorada a babor con 20° de inclinación y con daño significativo en la quilla.

La Profepa señaló que al momento de la inspección se observó que la embarcación no ha dañado de manera directa a las formaciones coralinas presentes en la zona, sin embargo se detectaron afectaciones a la roca madre en 43.2 metros cuadrados.

Detalló que al momento de la contingencia, los tanques de combustible de la embarcación se encontraban llenos, por lo que se realizó el trasiego de 400 litros de combustible en contenedores, los cuales fueron depositados en otra embarcación para evitar un posible derrame de hidrocarburo.

La PROFEPA presentará un dictamen final, una vez se haya retirado la embarcación, cuando las condiciones meteorológicas permitan un plan de salvataje, lo que sí podría dañar a los arrecifes coralinos.

La Ley General de Vida Silvestre establece una sanción de 50 a 50 mil veces de salario mínimo por dañar arrecifes coralinos y el Código Penal Federal señala que las afectaciones a la biodiversidad constituyen un delito grave cuando se trata de un Área Natural Protegida (ANP) que se sancionan con penas de 2 a 10 años de prisión y por el equivalente de 300 a 3 mil días multa, aumentándose la penal en dos años de prisión y hasta mil días multa adicionales cuando se trata de una ANP. (Foto de archivo)