Iglesia pide no interrumpir embarazos

La Diócesis de Campeche pidió a legisladores no aplicar la NOM-046 en el Estado

Campeche, 3 de marzo de 2018.– Tras rechazar el aborto bajo cualquier circunstancia, la Diócesis de Campeche pide a legisladores no aplicar la NOM-046 en el Estado, pues deja desprotegidas a las víctimas de violación y libres de culpa a sus agresores.

El vocero de la Diócesis, Gerardo Casillas González, manifestó que el Código Penal del Estado condena el aborto, considerado como un delito y contempla penas graves para quien lo cometa. Esto aparece bien detallado en los artículos 155 al 158 de nuestro código, sin embargo el 159 excluye de responsabilidad penal el delito de aborto en tres excepciones.

Nos interesa la fracción ll donde aprueba que una embarazada, resultado de una violación, puede recurrir al aborto dentro de las primeras 12 semanas.

Continúa dicho artículo aclarando que el médico que va a interrumpir el aborto, necesita dictamen médico y psicológico que determinen dicha violación, avalado por el Ministerio Público. Con esto el delito de violación no queda impune, sino que continúa la investigación hasta dar con el culpable.

La iniciativa de las cuatro diputadas priístas y la del Verde Ecologista piden se observe la actualización a la NOM-046 y con ello se evite la revictimización de las mujeres que han sufrido el delito de violación resultando embarazadas. El artículo que se pretende modificar para facilitar los trámites de la “mujer violada” y que desea abortar, es que no sea necesario que dichos dictámenes sean avalados por el MP, como hasta ahora se procede en esos casos, dejando así impune el delito de violación y entonces para las que deseen abortar, se vuelve un trámite meramente administrativo.

La NOM-046 actualizada en el 2016, añade que el personal de salud no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, basada en el principio de buena fe. En este punto a modificar, estaría desapareciendo la protección de los derechos de la víctima al no dar parte al Ministerio Público, también desaparece la autoridad de los padres de familia para velar por sus hijas menores de edad, ya que de los 12 años en adelante pueden acudir a solicitar un aborto diciendo que fue por violación, sin necesidad de ir acompañadas por sus padres y sin demostrar que fue abusada, dejando libre al violador porque no hay delito qué perseguir, so pretexto de no revictimizar a la joven.

Esta ley directamente no habla del aborto, no lo despenaliza, cierto, sin embargo deja grandes lagunas para que personas acudan a practicarse el aborto alegando “que fue violada” y nadie puede poner en duda su palabra, pues nos apegamos a su buena fe y debemos creerle.

Esto no es la puerta al aborto, sino una gran ventana que para cruzarla bastará engañar al médico, argumentando que fue violada para que sin ningún trámite de protección a la víctima se realice el aborto. Esto la deja más desprotegida y abre un permisivismo moral (negación de libertad) en nuestra sociedad, dejando a un lado los valores como la justicia y la unión familiar.