Niegan amparo a activistas por no acreditar ser de la comunidad LGBT

El recurso se tramitó contra el Congreso en respuesta a la segunda votación secreta en contra del matrimonio igualitario en 2019

Mérida, Yucatán, 3 de febrero de 2020.- El Colectivo por la Protección de Todas las Familias en Yucatán (Colectivo PTFY) informó que el Juzgado Tercero de Distrito negó uno de los amparos presentados en 2019 en contra del Congreso de Yucatán, por realizar una votación por cédula (secreta) el 15 de julio pasado durante el estudio de la iniciativa de reforma constitucional estatal que hubiera permitido el matrimonio igualitario, debido a que no habían “acreditado” ser miembros de la comunidad LGBTTTI.

Miembros de la comunidad LGBTTTI, activistas, colectivos y organizaciones de derechos humanos han presentado varias demandas de amparo en contra del Congreso de Yucatán por haber votado de manera secreta la iniciativa sobre matrimonio igualitario discutida el pasado 15 de julio.

Alex Orué, miembro del Colectivo PTFY, señaló a través de un comunicado, que la decisión de la Juez, Karla Alexandra Domínguez Aguilar, demostraba el tipo de “argumentos absurdos” con los cuales se busca defender un acto ilegal e inconstitucional, como lo es una votación secreta para una reforma en materia de derechos humanos.

“Además de impedir la protección por un acto antidemocrático, como lo fue votar de forma secreta a pesar de lo que marca la ley, la Juez desecha el amparo exigiendo que presentemos pruebas documentales de ser personas de la diversidad sexual, como si hubiese un padrón o algo así”, señaló.

Por su parte, Carlos Escoffié Duarte, abogado del Colectivo PTFY, indicó que, a pesar de ello, esta decisión no implica que la Juez avaló la actuación del Congreso.

“Si bien es lamentable y absurda la decisión, debe aclararse que, con ese argumento, la Jueza omite el amparo sin estudiar el fondo del asunto; es decir, decide desechar la demanda porque no se presentó una acreditación de ser población LGBTTTI sin analizar si la votación secreta fue inconstitucional”.

La agrupación condenó que el derecho al acceso a la justicia haya sido restringido bajo un argumento de esa naturaleza por ser inconstitucional, ilegal e ilógico por su imposibilidad de ser cumplido.

Externaron su preocupación por la decisión, dado que era un grave precedente para la administración de justicia en Yucatán a través del juicio de amparo.

Las y los activistas también aclararon que actualmente existen cuatro juicios de amparos distintos por las dos votaciones sobre matrimonio igualitario realizadas en 2019, las cuales se encuentran en espera de resolución definitiva.

Por último, indicaron que se encontraban ya considerando alternativas para hacer frente a esta situación, buscando que el asunto sea analizado por instancias fuera de Yucatán.

Javier Escalante Rosado