Van en contra de la discriminación en comercios

El delegado de la Profeco, José Antonio Nevarez Cervera, exhortó a los afectados de sonados casos a interponer su queja, para poder sancionar a los establecimientos.

Mérida, Yuc. 18 de febrero de 2015.- El delegado de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en Yucatán, José Antonio Nevárez Cervera, indicó que a través de redes sociales se enteraron de los casos de establecimientos del norte de la ciudad que al parecer cometieron prácticas discriminatorios a personas por su discapacidad física y su preferencia sexual, por lo que exhortó a los afectados a que interpongan su queja ante esta instancia federal.

Recordó que la ley de protección al consumidor, en su capítulo 58, establece que los comercios “no podrán negar ni condicionar sus servicios por razones de género, nacionalidad, étnica, preferencia sexual, religiosa o cualquier otra particularidad, y tampoco podrán establecer preferencia ni discriminación alguna por reserva de derecho de admisión a personas discapacitadas”.

El delegado federal se refirió de esta manera al caso de un joven sordo-ciego, de nombre José Caballero Cáseres, a quien no le permitieron ingresar a un restaurante con su perro guía. De igual manera, dijo que habría que averiguar qué fue lo que pasó en un centro comercial, en donde no dejarán participar en un concurso o promoción a parejas homosexuales.

“En Yucatán no podemos dejar que prácticas comerciales que puedan caer como discriminatorias nos afecten; creo estamos en una sociedad madura y ejemplar a nivel nacional, en donde no podemos permitirlo”, enfatizó, al momento que indicó que dichos casos pudieron ocurrir por falta de información de los responsables de esos establecimientos.

Nevárez Cervera explicó que hasta el momento no han recibido en la Profeco ninguna denuncia sobre estos sonados casos, por lo que exhortó a los afectados a que se acerquen para realizar un procedimiento de queja, y en su caso, sancionar a los comercios.

Aclaró que la ley también precisa que los establecimientos no pueden cobrar cuotas extraordinarias o compensatorias a personas con discapacidad “por sus implementos médicos, ortopédicos, tecnológicos, educativos, o deportivos necesarios para su uso personal, incluyendo el perro guía en el caso de invidentes”.

Precisó que la Porfeco es la autoridad competente para poder intervenir y “poner en regla estos comercios”, pero que sí es necesario interponer el procedimiento de queja para que, en su caso, logar sancionar dichos establecimientos.

Las multas a los comercios por realizar prácticas discriminatorias en contra del consumidor,  pueden ir de 428 pesos a un millón 372 mil pesos, e incluso la suspensión comercial de manera temporal, y si hay reincidencia, clausurarlos. (Herbeth Escalante)