No hay fallas en casos de feminicidio: Celis

El magistrado expresó que los casos inconclusos o que no recibieron una sentencia adecuada “no son fallas» 

Mérida, Yucatán, 9 de octubre del 2017.- El presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Marcos Celis Quintal declaró que “no podríamos hablar de fallas del Poder Judicial” al ser cuestionado sobre las recomendaciones de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), en las que se señala que los delitos contra mujeres en el estado están inconclusos o no reciben una sentencia adecuada.

Como se ha informado en Desde el Balcón, en la décima conclusión del informe del grupo de trabajo conformado para atender la solicitud de la AVGM, se establece que “un número significativo de los casos de delitos perpetrados en contra de las mujeres reportados en la entidad se encuentran inconclusos y los asuntos judicializados y con sentencia no contemplan una reparación integral del daño y con perspectiva de género”, por lo que recomiendan, entre otras acciones, la reapertura de casos para garantizar la reparación integral del daño por la comisión del delito.

Al respecto, el magistrado expresó que los casos inconclusos o que no recibieron una sentencia adecuada “no son fallas, y en todo caso no podríamos hablar de fallas del Poder Judicial”.

Aclaró que no es que los jueces no se equivoquen ni que las otras partes involucradas, -como la Fiscalía General del Estado (FGE)-, no cumplan su papel. “No es que los jueces sean infalibles pero tampoco quiere decir que por una sentencia emitida por un juez, la justicia esté en malas condiciones”, recalcó.

Celis Quintal sostuvo que “los jueces hacen su mejor papel, son muy profesionales y de acuerdo con las pruebas que les presenten y lo que argumenten las partes, toman una decisión”. Recalcó que “la decisión del juez no es una falla, simple y sencillamente es resolver conforme a las partes presentan”.

Sobre la correcta integración de las carpetas de investigación y el aporte de pruebas en los casos de delitos contra mujeres, el magistrado expresó que “sería muy aventurado calificar el trabajo de la Fiscalía”, ya que cada caso es particular.

“Cada caso puede estar muy bien integrado, puede tener algunos defectos o que le falte alguna información pero eso se da caso por caso”. Agregó que en general los asuntos que presenta la FGE son vinculados a proceso, llevados a juicio y suelen recibir sentencias condenatorias. “Eso creo que es otro parámetro más objetivo, más que pensar si está bien integrada o no la investigación de la Fiscalía”, comentó.

Asimismo, subrayó que en ocasiones la absolución “es una prueba de que el sistema funciona, porque si no hay pruebas suficientes y una persona resulta ser inocente, no hay por qué condenarla a prisión”.

Sobre la reapertura de casos de delitos perpetrados contra mujeres, explicó que sí es posible reabrir un asunto siempre y cuando haya pruebas nuevas y no se haya emitido una sentencia absolutoria. Sin embargo, señaló que la FGE es la que determina qué casos pueden reabrirse de acuerdo con las reglas del Código Nacional de Procedimientos Penales.

“Habría que revisar cada caso, y ver en que estado se encontró al final el asunto. Cuando hay una sentencia de cualquier tipo condenatoria o absolutoria, por el principio de que no se puede juzgar dos veces por el mismo delito, seria  complicado pensar en reabrirlo”, detalló. (Lilia Balam)