Tribunal niega violencia política de Julián Zacarías

Desestiman que el panista haya usado $10 millones cuentas falsas

Mérida, Yucatán, 18 de junio de 2021.– El Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), se declaró “incompetente” y desestimó las denuncias presentadas por Lila Frías Castillo del PRI, en contra del alcalde electo de Progreso, el panista Julián Zacarías Curi, debido a que presuntamente ejerció violencia política y utilizó $10 millones para agredir vía redes sociales a la denunciante.

Inconforme, Frías Castillo confirmó a Desde el Balcón que impugnaron la resolución ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con sede en Xalapa.

RESOLUCIÓN DEL TEEY

Según el expediente PES.-013/2021, Zacarías Curi fue denunciado por cinco ilícitos: acoso y hostigamiento, ataques, destrucción de propaganda electoral, rebase de topes de gastos de campaña, y violencia política en razón de género.

Frías Castillo realizó la denuncia después de que Facebook rindiera un informe denominado de “Comportamiento Inauténtico Coordinado” dando a conocer que eliminó 44 cuentas falsas utilizadas para amplificar la campaña del panista, y en donde se habían gastado 515 mil dólares (equivalente a más de 10 millones de pesos).

Respecto a las primeras cuatro acusaciones, el TEEY se declaró “incompetente para pronunciarse al respecto”, toda vez que no están previstas en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Yucatán, “como conductas susceptibles de ser realizadas por partidos políticos o sus candidatos”.

Sin embargo, el TEEY argumentó que el equipo jurídico de Frías Castillo no ofertó material probatorio que, en concreto, “permitiera a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral dirigir alguna línea de investigación”.

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Determinaron “fehacientemente” que la cuenta de Facebook Yucatán Sin Censura, “no corresponde al denunciado ni al PAN”, toda vez que “no es posible advertir algún vínculo formal ni material”.

En cuanto al delito de violencia política, resolvieron que las publicaciones en Facebook de Zacarías Curí eran sobre actos proselitistas y “no tienen ningún elemento de género y menos, hacía Frías Castillo”.

“En este sentido, ante la falta de elementos de convicción ofertados por la quejosa, este Tribunal Electoral debe tutelar el derecho humano a la libertad de expresión, aunado a que, las expresiones publicadas en la cuenta de Facebook no se erigen en un comportamiento abusivo que debiera ser restringido”, dio a conocer el TEEY.

“Por lo anterior, este Tribunal Electoral, declaró inexistente la infracción atribuida a Julián Zacarías Curi y al Partido Acción Nacional, con respecto a la violencia política en razón de género”, agregaron en el informe.

No obstante, cabe señalar, que Frías Castillo expuso que los ataques de violencia política no provenían de la cuenta oficial de Zacarías Curi, sino de páginas alternas creadas aparentemente con fines electorales.

Javier Escalante Rosado